DECISIÓN
Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: SE ADMITE el Recurso de Apelación, interpuesto por el ciudadano PEDRO ARGENIS RODRÍGUEZ, en su condición de solicitante, titular de la cédula de identidad número 10.222.099, debidamente asistido por los Abogados en ejercicio LUÍS GARCÍA VALDEZ, inscrito en el I. P. S. A., bajo el número 50.407, y LUÍS GUILLERMO MEDINA MACUARAN, inscrito en el I. P. S. A., bajo el número 43.390; en contra, de la decisión dictada en fecha once (11) de febrero de dos mil dieciséis (2016), por el Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre – extensión Carúpano; mediante la cual negó la entrega material de un vehículo automotor con las siguientes características MARCA: FORD, MODELO: F-350, CLASE: CAMIÓN, TIPO: .....