DISPOSITIVA:
Por las razones antes expuestas este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal, del Estado Sucre, Extensión Carúpano Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta El Sobreseimiento De La Presente Causa, de conformidad con el artículo 300 numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal a favor de los ciudadanos JULIO CESAR GARCIA QUIJADA, venezolano, natural de Carúpano, de 24 años de edad, nacido en fecha 18-10-1988, Soltero, titular de la cédula de identidad Número V- 20.125.953, hijo de Julio García y María Teresa Quijada y residenciado en: Playa Grande, sector las Mallas, Casa S/N, a tres casas de la gallera, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre y JOSÉ ÁNGEL HERNÁNDEZ CEBALLOS, venezolano, natural de Maturín estado Monagas, de 39 años de edad, nacido en fecha 11-02-1974, Soltero, titular de la cédula de identidad Número V- 12.291.541, hijo de Jesusita Hernández Ceballo y Padre desconoci.....