ASUNTO PRINCIPAL : RJ01-X-2004-000004
ASUNTO : RJ01-X-2004-000004
... es por lo que este Juzgado Primero de Ejecución, procede a su ejecución de conformidad a lo dispuesto en el numeral 1, del artículo 479 en concordancia con el artículo 484, todos del Código Orgánico Procesal Penal, procede a corregir dicho cálculo de acuerdo a los siguientes términos:
PRIMERO: Por cuanto el penado JUNIOR JOSE PINEDA QUINTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V-19.978.822, fue detenido en fecha 23-08-2003, hasta el día 31/01/2008, tiene un tiempo efectivo de detención de CUATRO (04) AÑOS, CINCO (05) MESES Y NUEVE (09) DIAS DE PRESIDIO, que sumado una primera redención de fecha 17-11-2006, por el lapso de UN (01) AÑO, TRES (03) MESES, UN (01) DIA Y DOCE (12) HORA, mas una segunda redención de fecha 06-11-2007, por el lapso de SEIS (06) MESES Y NUEVE (09) DIAS, nos arroja una pena total cumplida de SEIS (06) AÑOS, DOS (02) MESES, DIECINUEVE (19) DÍAS .....