que este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial penal del Estado Sucre con sede en Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda: Librar Boleta Informativa al penado: HÉCTOR EMMANUEL RAMOS GARCÍA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 25.614.919, natural de Puerto Ordaz, Estado Bolívar, nacido en fecha 12/05/1993, de 21 años de edad, soltero, sin oficio, hijo de Noreveris Romod García y Denizon Blanco (F), residenciado en la Urbanización la llanada, barrio universitario, manzana 5 casa Nº 07, de esta ciudad de Cumaná estado sucre, por el delito de DISTRIBUCIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto en el artículo 149, segundo aparte, de la ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de la Colectividad, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN, mas las accesorias de Ley de conformidad con el Artículo 16 del Código Penal, a los fines de q.....