Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, Este Tribunal Segundo de Ejecución de Primera Instancia, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley, de conformidad con lo previsto en los artículos 471, 472 y 474, del Código Orgánico Procesal Penal, EJECUTA la sentencia dictada en fecha 09 de Marzo de 2014, por el Tribunal Segundo de Juicio, mediante la cual se condenó a EDGAR JOSÉ CEDEÑO COVA, venezolano, natural de Río Caribe, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 6.169.007, nacido en fecha 27-05-1958, de 55 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio agricultor, hijo de Vicente Cedeño y Nieve Cova, y residenciado en el Sector 12 de Abril, Casa S/N, cerca de la aldea universitaria, Río Caribe, Municipio Arismendi del Estado Sucre, a cumplir la Pena de SEIS (06) AÑOS DE PRISIÓN, mas las accesorias de ley estableci.....