ACUERDA la prórroga solicitada por el Ministerio Público, por un lapso de quince (15) días continuos, contados a partir del Tres (03) de Octubre del año en curso, el cual vencerá el día Dieciocho (18) de Octubre del presente año; ello a los efectos de que el Ministerio Público presente el acto conclusivo respectivo en la presente causa, seguida a la imputada YANITZAS JOSEFINA CALDEA, venezolana, natural de Guiria, del Estado Sucre, soltero, de 36 años de edad, fecha de nacimiento 22-01-1974, titular de Cédula de Identidad Nº 14.611.322, de profesión u oficio: oficios del hogar, hija de: Daniel Guedes y Martha Caldea, domiciliado en: El Sector la Victoria, Casa Nº 265, de esta localidad, cerca de la bodega del señor "nene", Guiria, Municipio Valdez, Carúpano, Estado Sucre; por estar incurso en la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, de conformidad con lo previsto y sancionado en el artículo 406, ordinal 3, literal A, del Código Penal, en relación con lo establecido e.....