En merito de lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR LA FALTA DE CUALIDAD ALEGADA POR LA EMPRESA CONSTRUTORA ANDRADE GUTIERREZ, S. A.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano JESUS MARÍA RODRIGUEZ GALEA, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.387.810, en contra de la Sociedad Mercantil "A & A CONTRALORES, C. A." y solidariamente la empresa CONSTRUTORA ANDRADE GUTIERREZ, S. A. Y se CONDENA A LA DEMANDA A CANCELAR LA CANTIDAD DE Bs. 132.221,92 por los conceptos indicados en el cuerpo de esta sentencia y en el cuadro que sigue
DIAS ULTIMO SAALRIO
PRESTACIONES LITERAL C 60,00 939,81 56.388,89
BONO VAC VENCIDO 15,00 833,33 12.499,95
BV FRACAC 8,00 833,33 6.666,64
UTILIDES VEC 30,00 833,33 24.999,90
UTIL FRACC 15,00 833,33 12.49.....