Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, en ejercicio de la facultad conferida en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 500 y 510 del mismo Código y 65 y 69 de la Ley de Régimen Penitenciario, resuelve: PRIMERO: OTORGAR a favor de la penada CARMEN DEL VALLE COLON, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad No-5.078.438, soltera, analfabeta, de profesión u oficio del hogar, nacida en fecha: 27-01-51, hija de Antonio Mayz e Hilda Nicolaza Colón, residenciada en la Calle Las Acacias del Barrio 22 de Octubre, Cariaco Municipio Rivero del Estado Sucre, quien fuera condenada por el Juzgado Primero de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS DE PRISIÓN, mas las accesorias de ley, por la comisión del del.....