Este Tribunal Quinto de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA conceder un lapso de Sesenta (60) días, contados a partir de la presente fecha para que la representante del Ministerio Público presente el Acto Conclusivo correspondiente en el presente asunto seguido al imputado PEDRO ANTONIO LOPEZ BLANCO, quien es Venezolano, Casado, de 57 años de edad, nacido en Carúpano Estado Sucre, el 29-06-51, de profesión u oficio comerciante, Titular de la Cédula de identidad Nº V- 4.298.872 , hijo de Francisco López y Eulalia Malave , residenciado en los bloques de Playa Grande, Bloque 05, tercer piso, apartamento 3-C, Municipio Bermúdez, Carúpano, Estado Sucre, por la presunta comisión de uno de los Delitos Electorales, previsto y sancionado en el artículo 258 ordinal Cuarto de La Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política, en perjuicio del .....