este tribunal Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley CONDENA, por el procedimiento especial de admisión de los hechos, al ciudadano RAMON ARISTOBULO RONDON ILARRAZA, venezolano, de 21 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-20.312.548, de profesión Chofer, nacido en fecha 05-05-1987, hijo de MARIA DEL VALLE YLARRAZA Y HERNAN RAFAEL RONDON, residenciado en las Piedras de Cocollar, calle bella Vista, casa S/N, Estado Sucre, por el delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio LA COLECTIVIDAD; quien deberá cumplir la pena impuesta por este tribunal de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, mas las accesorias de ley; pena que se cumplirá aproximadamente en fecha 26/11/2009. Igualmente se acuerda el cese del régimen de presentaciones impuesto al acusado por el presente proceso, líbrese en consecuencia el oficio respectivo; en virtud de que el ciudad.....