este Juzgado Segundo de Ejecución del Primer Circuito judicial del Estado Sucre, Ejecuta la sentencia dictada en la presente causa y Acuerda iniciar de oficio los trámites necesarios a objeto de que se cubran los requisitos exigidos en el Artículo 493 eiusdem para el otorgamiento del Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, a los ciudadanos MILAGRO DESIREE CARABALLO, venezolana, nacida en fecha 07/02/1.974, de 36 años de edad, soltera, de oficio obrera, titular de la cédula de identidad N° 14.816.786, y residenciada en Barrio la Esperanza, Sector Villa las Torres, por Brasil Sur, de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre y JUAN ANTONIO SALAZAR MÁRQUEZ, venezolano, nacido en fecha 24/06/1.964, de 46 años de edad, soltero, de oficio constructor, titular de la cédula de identidad N° 10.465.442, y residenciada en Brasil Sur, Sector Villas Las Torres, de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre, condenado por el Tribunal Primero de Control, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS.....