Es por lo que este Tribunal considera procedente establecer un plazo prudencial, a la Fiscal del Ministerio Público, de Sesenta (60) DÍAS, para la conclusión de la investigación. Por las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Sexto de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda conceder un plazo prudencial de Sesenta (60) días para que la Fiscal del Ministerio Público presente el acto conclusivo de la investigación, en la causa seguida a los Ciudadanos DAVID SALVADOR HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.742.907, nacido en fecha 08/08/1.979, soltero, obrero, de 32 años de edad, hijo de Maritza Hernández y Marcos tirado, residenciado en el Cumanagoto II, Calle 1-A, Casa N° 23, a tres casas de la bodega de Carlitos, Cumaná, estado Sucre, Teléfono 0293-4324613, FREDERICK FENDER URQUIOLA RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, tit.....