Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 1, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RATIFICA las Medidas de Protección y Seguridad, en contra del imputado: YOEL ANTONIO FARIAS BRIZUELA, quien es venezolano, natural de Carúpano, del Estado Sucre, titular de la Cédula de Identidad Número V- 12.740.879, divorciado, nacido en fecha 19-11-1972, de 39 años de edad, albañil, hijo de Leonardo Farias, Celsa de Farias, residenciado en: Sector 9 de Abril, Calle la Paz, Casa S/N, casa color naranja, al final de la calle, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, impuestas por el órgano receptor de denuncia, de conformidad con lo establecido en el artículo 87, numerales 3, 5, 6 y 13 de la ley Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia; a favor de la victima : MIGDALIA DEL VALLE NUÑEZ, en virtud d.....