Por todos los razonamientos expuestos este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECRETA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES, a favor de los ciudadanos : NEUCTAVIO MANUEL DÌAZ, venezolano, de 39 -- años de edad, nacido en fecha 20-05-1971, de estado civil. Soltero, titular de la cédula de identidad Nº 15.893.181, de profesión u oficio Pescador, hijo de TERESA DIAZ Y PADRE DESCONOCIDO y residenciado en: Calle Lavanti, Casa S/N, en el Comedor Municipal Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, quien manifestó:" Me acojo al Precepto Constitucional. Es todo. Acto seguido es llamado a declara al Segundo de los imputados, quien dijo ser y llamarse JOSÈ SIMÒN BRAZÒN, venezolano, natural de Guiria, de 39 años de edad, nacido en fecha 28-04-1972, de estado civil. Soltero, titular de la cédula de identidad Nº 9.940.014, de profesión u oficio Obre.....