este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, una vez hechas estas consideraciones este Tribunal estima procedente la solicitud del imputado, la defensa a la cual no ha hecho oposición el Ministerio Publico, por ende este Tribunal DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO de conformidad con lo establecido en el artículo 43, 313 numeral 8, 359, 367, 368, todos del Código Orgánico Procesal Penal, a los imputados JESÚS RAMÓN PÉREZ MEDINA, de 29 años de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-15.572.573, natural de san Félix, Estado Bolívar, nacido en fecha 20-08-81, de estado civil soltero, de oficio albañil, hijo de Julio Pérez y Martina Medina, residenciado en Morichal, calle 4, casa N° 84, Maturín, Estado Monagas; teléfono 0424-418.64.63; y JOSÉ RAFAEL TOCUYO SANTA CRUZ, de 31 años de edad, venezolano, titular de la c.....