Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONDENA al acusado Pedro Antonio vargas, venezolano, de 33 años de edad, nacido el 04-05-74, titular de la Cédula de Identidad N° 12.287.140, de profesión u oficio obrero, hijo de Yudith Vargas La Rosa y Pedro Fernández y domiciliado en Guayacán del Las Flores, Sector 2, Vereda 48, Casa S/N, Carúpano, Estado Sucre; a cumplir la pena de dos (02) años de prisión, más las accesorias de Inhabilitación política por el tiempo que dure la pena principal y la sujeción a la vigilancia a la autoridad por una quinta parte del tiempo que dure la pena, por la comisión de los delitos de Hurto Calificado en grado de frustración, previsto y sancionado en el artículo 453 ordinales 3° (Asunto N° RP11-P-2005-004143) y 455 ordinal 4° (Asunto N° RJ11-P-2000-0.....