En consideración a todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos y en atención a los méritos que de ellos se desprenden, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano LUIS ENRIQUE PATIÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-12.659.670, con domicilio en esta ciudad de Cumaná del Estado Sucre, representado por Abogados en ejercicio, SEADDY SAYAGO y FELIX CASANOVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-10.467.202 y V-811.918.840, respectivamente inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 107.184, y 47.135 contra la empresa PESQUERA PEZATUN, C.A.
SEGUNDO: Se condena a la empresa Sociedad Mercantil PESQUERA PEZATUN, C.A, C.A., a pagar al ciudadano LUIS .....