REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Cumaná- Estado Sucre
Cumaná, veinticuatro de marzo de dos mil quince
204º y 156º


ASUNTO : RP31-L-2014-000356
SENTENCIA

PARTE DEMANDANTE: ZORAIDA DEL VALLE BRITO

PARTE DEMANDADA: FUNDACIÓN DEL NIÑO

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Vista la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES presentada por la ciudadana ISMARY ASTUDILLO, venezolana, mayor de edad, y titular de las cédula de identidad Nro V-14.009.295, inscrita en el inpreabogado bajo el N°129.178, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora , en contra de la FUNDACIÓN DEL NIÑO,. este Tribunal en ejercicio de las atribuciones conferidas en los artículos 6 y 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y a los fines de pronunciarse sobre su admisión, toda vez que el escrito de Subsanación No fue consignado en tiempo oportuno por el demandante en consecuencia y no habiéndose subsanado los vicios presentados en el libelo de demanda en cuanto a precisar la forma de terminación de la relación laboral, en consecuencia este TRIBUNAL SEGUNDO DE SUSTANCIACION, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN de conformidad con lo establecido en los Artículos 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, 59 del Código de Procedimiento Civil y 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara la Perención de la instancia de conformidad con lo establecido en el articulo 124 de la Ley Orgánica Procesal del TRABAJO, al VERIFICARSE, que no fueron subsanados los vicios en el libelo dentro del lapso legal establecido,. Así se decide. PUBLIQUESE, REGÍSTRESE, DEJESE COPIA CERTIFICADA.

La juez,


Abg. ZORAIDA LEMUS ROMERO LA SECRETARIA

Abg. YULIANNY SEIJAS

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA

Abg. YULIANNY SEIJAS