y estudiadas como han sido las declaraciones de los testigos ciudadanas: MANUELA FARIAS DE VELÁSQUEZ Y PETRA MARIA ORTEGA DE VELÁSQUEZ, venezolanas, mayores de edad, domiciliadas en Campo Claro, Municipio Mariño del Estado Sucre y titulares de las Cédulas de Identidad Nros: 5.902.849 y 1.501.625, respectivamente, los cuales rindieron sus declaraciones por ante este Juzgado, así como también los recaudos acompañados y por cuanto ellos demostraron lo narrado en la solicitud presentada. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL EXTINTO: JOSÉ MIGUEL VILLARROEL, a los ciudadanos: BERTA LEZAMA DE VILLARROEL, HIDELGAR JOSÉ VILLARROEL LEZAMA y YUDERKIS JOSÉFINA VILLARROEL, Venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cedulas de Identidad.....