DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho, anteriormente expuestos, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: Acuerda: Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, en contra del Imputado Guillermo José Pacheco Gómez, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 18.916.829, nacido en fecha 05-09-1985, de 28 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio vigilante privado, hijo de Guillermo Pacheco y Damelis Gómez, y residenciado en la Avenida Circunvalación Sur, Sector Andrés Bello, Calle Principal, Casa S/N, otra dirección en la Urbanización San Martín, Calle Principal, Casa S/N, (es donde vive mi mamá) frente a Taborca, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; por la pre.....