este Tribunal Primero de Control, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA EL CESE INMEDIATO DE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, impuesta a los ciudadanos ANIBAL WILTHE ABAD, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° V-24.754.303, de 23 años de edad, natural de Cariaco; nacido en fecha 15-11-90, soltero, de oficio Buhonero, hijo de Alicia Del Carmen Abad y Aníbal José Arias, residenciado en Las Peñas, Vía Carúpano, a dos casas del cementerio, Estado Sucre; y WILTHE ANÍBAL ABAD, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° V-28.134.629, de 23 años de edad, natural de Carúpano; nacido en fecha 15-11-90, soltero, de oficio comerciante, hijo de Alicia Del Carmen Abad y Aníbal José Arias, residenciado en Las Peñas, Vía Carúpano, a dos casas del cementerio, Estado Sucre; por la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el artículo 470 del .....