Declara Sin Lugar la sustitución de la privación judicial preventiva de libertad por una menos gravosa, solicitad por la defensa a favor del ciudadano Fermín Millán Velásquez, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero 14.596.711, de oficio: funcionario Publico, actualmente prestando, hijo de Marlene Velásquez y Manuel Millán, residenciado en la Urbanización Fe y Alegría, sector Súper bloque, edificio 47, apartamento 0205 Municipio Sucre del Estado Sucre o calle libertad, casa número 71,cerca del bodegón el festón, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, a quien se le sigue proceso penal, por la presunta comisión del delito de Extorsión, previsto y sancionado en el artículo 459 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Roy José Latan, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 250 ordinales 1,2 y 3 y 251 ordinal 1, 2 y 3 y 252 ordinal 2 del Código Orgánico Procesal Penal .