Por las razones antes expuestas, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 1, Extensión Carúpano, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES, a favor de JULIO CESAR MARCANO PEREZ, Venezolano, natural de Cumaná del Estado Sucre, nacido en fecha 30-07-1988, de 27 años de edad, titular de la Cedula de Identidad V-Indocumentado, oficio: ayudante de albañil, hijo de Julio Cesar Marcano y Teidys Josefina Pérez, residenciado en: Barrio La Frontera, Calle Las delicias, casa s/n, cerca del CDI de los Cubanos, PDVSA, Guiria, Municipio Valdez, Estado Sucre, por la presunta comisión del delito RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO, por considerar que de las actuaciones no existen testigos presénciales del procedimiento, ni mucho menos emergen suficientes elementos de convi.....