DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto éste Tribunal Quinto del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA al acusado JORGE LUIS FARIAS FARIAS, venezolano, nacido Carúpano estado Sucre, titular de la cédula de identidad Nº V.- 18.213.644, mayor de edad, nacido en fecha 17/02/1985, de estado civil soltero, de profesión u oficio agricultor, hijo de Santos Farias y Santa Martínez, residenciado en la comunidad de Chuparipal Arriba, calle principal, guasimal, vía al pilar, cerca de la escuela guasimal Municipio Benítez Estado Sucre, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 ordinales 3, 5 y 6 del Código penal Venezolano, en perjuicio de LUIS DEL VALLE ROJAS ROJAS, a cumplir una pena definitiva de TRES (03) AÑOS DE PRISION, mas las accesorias de ley de conformidad con el articulo 16 del.....