Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA la solicitud Fiscal y en consecuencia adopta las siguientes Medidas de Protección a favor de la victima, ciudadano GILBERTO BLONDELL CARDOZO, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, casado y titular de la cédula de identidad N° 5.703.067, domiciliado en Bolivariano, Calle Principal, Casa N° 61, cerca de la casilla de teléfonos, y quien manifiestan ser victima, extensiva a su grupo familiar PRIMERO: Apostamiento Policial Permanente en el domicilio de la victima antes identificadas, a cargo de funcionarios adscritos al Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, especialmente los destacados en el destacamento 11, con sede en la Urbanización Brasil de esta ciudad de Cumaná Estado Sucre, por un lapso de seis (6) meses SEGUNDO. Completa disposición de los funcionarios de seguridad del Estado a estar prestos a brindar auxilio debido y oportuno, en consecuencia con carácter de urgencia, a la referi.....