Por todos los razonamientos de Hecho y de Derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia En Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECRETA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del imputado EDUARDO ELIGIO RICO RONDON, venezolano, natural Margarita, Estado Nueva Esparta, de 18 años de edad, soltero, nacido el 22-04-1992, titular de la cédula de identidad Nº 25.283.683, Obrero, hijo de Yolanda Rondón y Eligio Rico, residenciado en la Calle San Félix, casa Nº 31, cerca de la identificación y al frente a Pollos del Corral, de numero de teléfono: 0426.9898.218, Carúpano Municipio Bermúdez, Estado Sucre, por estar presuntamente incursos en la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del Ciudadano German José Martínez Alfonso. Todo de conformidad con lo previsto.....