este Tribunal Segundo de Control, del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA: MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al ciudadano RICHARD JOSÈ SANTANA NÙÑEZ, venezolano, natural de Carúpano, de 23 años de edad, estado civil: soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.415.607, de profesión u oficio albañil, nacido el 19-05-87, hijo de Salane Núñez y José Jesús Santana, domiciliado en San Martín, Cerro Las Melchoras, casa S/N, al frente de la belmont, Carúpano, estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio de la víctima Radziwuil Antonio Salazar Cedeño; de conformidad con lo establecido en con lo establecido en los artículos 250, ordinales 1º, 2º y 3º; 251, ordinales 2º (pena que llegare a imponerse), 3° (la magnitud del dañ.....