En este estado toma la palabra la ciudadana Juez y expone: "Visto que el acusado de autos, manifestó no querer acogerse al procedimiento por Admisión de los Hechos; éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA LA APERTURA A JUICIO ORAL Y PÚBLICO en el presente asunto seguido al ciudadano VICTOR ALFONSO MARCANO MARTINEZ, venezolano, natural de San Félix Estado Bolívar, titular de la cedula de identidad V- 28.562.843, agricultor, hijo de Andrés Marcano y Lilian Martínez, con domicilio en el Sector La Montaña, casa s/n, vía principal, cerca de la Escuela, Yaguaraparo del Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión de los delito de FENICIDIO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 57 concatenado con el Articulo 58 Ordinal 1° de la Ley Orgánic.....