DISPOSITIVA
Este Tribunal Mixto de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; por UNANIMIDAD ABSUELVE al ciudadano ANTONIO AVELINO CEDEÑO, quien es Venezolano, mayor de edad, nacido en fecha 10/11/55, de 49 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-5.897.674, Residenciado en el Barrio La Antena, casa s/n, Guiria, del Estado Sucre, hijo de Tomás Jiménez y Rosa Cedeño, del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal, acordándose la libertad inmediata, con fundamento en el único aparte del artículo antes mencionado. Remítase el presente asunto a la fase de ejecución de este Circuito Judicial en su debida oportunidad. Dada, firmada y sellada en la sala de audiencias N° 2, del Circuito Judicial Penal d.....