DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO en la presente causa seguida a los adolescentes: "OMISIS", venezolano, natural de Guiria, indocumentado, de diecisiete (17) años de edad, nacido en fecha 30/10/1985, soltero, Obrero, hijo de Eva María González, "OMISIS", venezolano, natural de Caracas Distrito Capital, de diecisiete (17) años de edad, nacido en fecha 06/11/1985, soltero, estudiante, titular de la Cédula de Identidad N° 17.695.960, "OMISIS", Venezolano, natural de Guiria, de quince (15) años de edad, nacido en fecha 22/02/1988, soltero, estudiante, titular de la Cédula de Identidad N° 18.099.821 y "OMISIS", venezolano, natural de Carúpano de diecisiete (17) años de edad, nacido en fecha 25/12/1985, soltero, estudiante, titular de la Cédula de Identidad N° 18.099.188 por la presunta comisión del delito de HURTO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, contemplado en el artículo 1 de la Ley Sobre El Hurto y Robo de Vehículos, en perjuicio del ciudadano ANGEL RAFAEL SÁNCHEZ JIMENEZ, identificado en Ac.....