éste TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES CUARTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANÁ, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 45, 48 numeral séptimo y 318 numeral 3° ambos del Código Orgánico Procesal Penal DECLARA la extinción de la Acción Penal y DECRETA el Sobreseimiento de la presente causa a favor del ciudadano JONAS JOSÉ MEJIAS FIGUEROA, venezolano, natural de cumaná, de 21 años de edad, cedula de identidad Nº 19.239.373, soltero, nacido en fecha 13-04-1988, de oficio Estudiante, residenciado en la Urbanización Boca de Sabana, sector el INAM, vereda 02, casa número 44, cerca del Ambulatorio de esta ciudad, Estado Sucre, por la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana MARIELA NOHEMI FIGUEROA DE GUTIERREZ.....