Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicia Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Leyl, de conformidad con lo previsto en el artículo 479 del código orgánico procesal penal en relación con el artículo 105 del código penal, DECRETA, la extinción de la Pena impuesta al ciudadano Eduar Alexander Moreno Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.105.786, de oficio Herrero, residenciado en Avenida Miranda, Casa S/N, Güiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, quien fuera Condenado a cumplir la pena de Ocho (8) Años Presidio más las accesorias de ley, por la comisión del delito de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal vigente para la fecha de los hechos, en perjuicio del ciudadano: Rosaura Castro, por cumplimiento definitivo de Pena. Notifíquese al Acusado, A la defen.....