Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley dec1ara CON LUGAR, la solicitud de extinción de las Medidas, presentada por el ciudadano GUILLERMO JOSE BRITO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°: 5.704.210, domiciliado en la Avenida Gómez Rubio, Las Delicias, Nº 33, Cumaná, estado Sucre, asistido por la Abogada MARY ELISA OLIVEIRA VELASQUEZ, inscrito en el IPSA, bajo el N°: 49.545, en el cual solicita de este Despacho, se levante la OBLIGACION DE MANUTENCIÓN y demás beneficios, establecidos en el expediente Nº: 3585-02 del Tribunal de Protección de Niños y del Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, a favor de sus hijos Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, señalando que la primera alcanzo la mayoridad, es Ingeniero Industrial y esta casada.....