Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Marítimo y Bancario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de ley, declara PERIMIDA la instancia en la demanda que por INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS MORALES Y PERJUICIOS DERIVADOS DE INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO interpusiera la ciudadana YULIA JOSEFINA PALOMO VILLAFRANCA, quien es venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-4.189.560; a través de sus apoderados judiciales, Abogados CARMEN TERESA MARCHÁN y LUIS BELTRÁN CAMPOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.375.750 y v-9.279.426 e inscritos en el Inpreabogado bajo los Números: 51.503 y 39.763, respectivamente; en contra del ciudadano JOSÉ MENESES BLONDELL, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-8.350.793.
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