Por todo lo expuesto éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre - Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decreta: Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad para los imputados: ÁLVARO JOSÉ PEREIRA, Venezolano, mayor de edad, de 35 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 11.435.661, soltero, nacido 19-02-71, de oficio comerciante, residenciado en el caserío la Ceiba, casa s/n, Municipio Benítez, Estado Sucre; VÍCTOR BELLORIN RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, de 27 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 17.417.121, soltero, nacido 30-10-78, de oficio agricultor, residenciado en el caserío la Ceiba, Casa s/n, Municipio Benítez, Estado Sucre; LUÍS ANTONIO SALAZAR, venezolano, mayor de edad, de 33 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 11.013.265, soltero, nacido 27-12-73, de oficio comerciante, residenciado en la calle 08, cas.....