Por todo lo antes expuesto este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANÁ, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL y DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA a favor del ciudadano NÉSTOR RAFAEL RIVAS, de 40 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.815.171, venezolano, soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de Genaro Isasis y Nirda Rivas, natural de Cumaná, fecha nacimiento 22-03-1975, residenciado en Sector Caigua, Callejón Valencia, Casa S/N de color blanco con rosado, cerca de la Plaza Bolívar, Mariguitar, Municipio Bolívar del Estado Sucre; teléfono: 0293-515.73.47; por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia en perjuicio de la ci.....