este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda: Sustituir la Medida Cautelar Sustitutiva de Caución Económica, por la Caución Juratoria, al ciudadano Edgar Jesús Lathulerie Villalba, venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 18.098.885, nacido en fecha 17-09-1985, de 31 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio mecánico y agricultor, hijo de José Lathulerie y Mérida Villalba, y residenciado en la Comunidad de Guaramita, Calle Bolívar, Casa N° 13, frente a la cancha publica de Guaramita, Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre; por la presunta comisión de los delitos de: Violencia Psicológica, Amenaza y Violencia Física, previstos y sancionados en los artículos 39, 41 y 42 de la Ley Org.....