este Tribunal Primero de Control, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA EL CESE INMEDIATO DE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, impuesta al ciudadano WASSIM JAUHARX, venezolano, de 34 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.739.606, nacido en fecha 16/01/1977, de profesión u oficio Comerciante, residenciado en la Calle Negro Primero, casa S/Nº, detrás de las Terrazas, Araya, Municipio Cruz Salmerón Acosta del Estado Sucre; y/o en la Calle Carabobo, casa Nº 74, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal en concordancia con los artículos 7 y 9 de la Ley Sobre Armas y Explosivos, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; CONSISTENTE EN UN RÉGIMEN DE PRESENTACIÓN CADA TREINTA (30) DÍAS POR ANTE LA UNIDAD DE ALGUACILAZGO DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL, POR EL LAPSO DE .....