Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión - Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad de conformidad con el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal a los imputados Adrián José Centeno Ramos, venezolano, de 21 años de edad, de profesión u oficio obrero, nacido el 11-03-84, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° 17.956.446 y residenciado en la Calle Páez, a Mano derecha de la cancha, casa s/n, Charallave, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre y Wilfredo José Millán Caraballo, quien es venezolano, de 23 años de edad, de profesión u oficio Barman, nacido el 17-09-81, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° 14.973.553 y residenciado en la Vereda Tres, casa N° 49, Charallave, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; quedando estos bajo un régimen de presenta.....