Este Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONDENA al acusado FRANCISCO ANTONIO PRADA ASTUDILLO, venezolano, natural de El Tigre, Estado Anzoátegui, de 24 años de edad, nacido en fecha: 25-06-1990, soltero, titular de la Cédula de Identidad Número V- 20.421.359, comerciante, hijo de Emil Prada y Carmen Astudillo, con domicilio en Canchunchu, sector la cantera, casa s/n, cerca de Aguas de Oriente, Carúpano, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, a cumplir al pena de SEIS (06) AÑOS DE PRISION, mas las accesorias de ley, por estar incurso en la comisión de los delitos de ROBO IMPROPIO, previsto y sancionado en el 456 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano IZAT HALABI, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 112 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, y AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado.....