NIEGA la solicitud de Orden de Aprehensión incoada por la Fiscal Quinto del Ministerio Público en contra del imputado GIOVANNY ANTONIO BRAVO TERAN, quien es Venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, de 26 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 13.707.155, nacido en fecha 16/10/1978, residenciado en el Sector la Campiña, calle principal, casa sin número, Municipio Valdez, a quien le atribuye la presunta comisión del delito de Aprovechamiento de Cosas Provenientes del Delito. Por cuanto no se encuentran acreditados los supuestos previstos en los artículos 250 ordinales 1°, 2° y 3°, artículo 251 ordinales 2° y 3° y parágrafo Primero.