este Tribunal Tercero en Funciones de Control, en presencia de las partes, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de La Ley, acuerda con lugar la solicitud realizada por la vindicta pública de conformidad con el artículo 91 numeral 2 de la ley especial que rige la materia impone las MEDIDAS DE PROTECCION Y SEGURIDAD, de las contempladas en el artículo 87 numerales 05 y 06 de la misma ley al ciudadano SIMON ANTONIO HERRERA, 55 años, titular de la cédula de identidad N° 8.435.075, soltero, de oficio comerciante, residenciado en el barrio Arco Iris, casa N° 41 de esta ciudad, en la bodega "La Semillita de Merey", Estado Sucre; en la presente causa la cual se le iniciara por la presunta comisión de los delitos de ACTOS LASCIVOS, previsto y sancionado en el artículo 45 de la Ley Sobre los derechos de la mujer a una vida libre de violencia, en perjuicio de xxxxxxxxxxxx, de cinco años de edad, Medidas éstas consistentes en: la prohibición de acercamiento a la victi.....