DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Decreta: La Suspensión Condicional del Proceso al ciudadano Rhony Rafhael Rodríguez Blanco, venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.625.942, nacido en fecha 11-04-1984, de 28 años de edad, de profesión u oficio Delegado Sindical de UBT, de estado civil soltero, hijo de Odalis Blanco y Argenis Rodríguez, y residenciado en la Calle Zea, Casa S/N; a una casa del Liceo Público Diego Carbonel, Yaguaraparo, Municipio Cajigal del Estado Sucre, por la comisión del delito de Amenaza, previsto y sancionado en el artículo 175 del Código Penal, en concordancia con el artículo 217 de la Ley .....