Por los razonamientos antes expuestos, éste Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda a favor de la penada MAIKOL JOSÉ MUNDARAIN RODRÍGUEZ, venezolano, de 19 años de edad, soltero, de oficio Ayudante de Albañileria, nacido el 26-01-1989, titular de la Cédula de Identidad N° 20.375.069, hijo de Maria Mundaraín Rodríguez y Alfredo Mundarain Rodríguez y residenciado en la segunda calle del Lirio, Casa S/n, cerca de la Bodega de María, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; fue CONDENADO a cumplir la pena de TRES (3) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias de Ley, contenidas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 en su tercer y último aparte de la ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el .....