REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

Carúpano, 3 de Diciembre de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL: RJ11-P-2001-000038
ASUNTO: RJ11-P-2001-000038

Concluido el desarrollo de la audiencia especial convocada de conformidad con el artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal en el presente asunto seguido al imputado Vicente Antonio Rodríguez, en la cual luego de verificarse el cumplimiento satisfactorio del régimen probatorio impuesto al mismo con ocasión a la suspensión condicional del proceso, la Fiscal Auxiliar Primera del Ministerio Público, Abg. Elvismary Hernández, y la defensora Pública, Abg. Siolis Crespo. solicitaron el sobreseimiento de la causa, todo de conformidad con el articulo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal . Este Tribunal pasa a resolver en los siguientes términos: Visto lo manifestado por las partes en la presente audiencia convocada conforme a lo previsto en el artículo 45 del código orgánico procesal penal a fin de verificar el cumplimiento del régimen de pruebas impuesto al ciudadano VICENTE ANTONIO RODRÍGUEZ, y tomando en consideración que durante el acto de audiencia preliminar celebrada de fecha el 20-09-2001, donde èste tribunal decretó a favor del mencionado ciudadano, la suspensión condicional del proceso, por la presunta comisión del delito de Hurto Agravado, previsto en el artículo 454 ordinal 8° del código penal vigente para la época, en perjuicio del ciudadano Santos Amado Hernández Sánchez, siendo ampliado el lapso de régimen de presentaciones el 18-11-2005, imponiéndosele conforme al artículo 42 del código orgánico procesal penal un régimen de pruebas por el lapso de un (01) año más de cada treinta (30) días por ante la unidad de alguacilazgo, la cual fue cumplida a cabalidad; considera quien decide que está perfectamente demostrado que el imputado cumplió con el régimen probatorio impuesto resulta procedente o pertinente, decretar a tenor de lo establecido en el artículo 48 ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal como en efecto se decreta, la extinción de la acción penal seguida en su contra y el subsecuente sobreseimiento de la causa de conformidad con los artículos 45 y 318 ordinal 3° Ejusdem, y así se decide.
DISPOSITIVA

Pro todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo penal en funciones de Control del Circuito Judicial penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, Decreta el sobreseimiento de la presente causa seguida contra el ciudadano Vicente Antonio Rodríguez por la comisión del delito de Hurto Agravado, previsto en el artículo 454 ordinal 8° del código penal vigente para la época, en perjuicio del ciudadano Santos Amado Hernández Sánchez, en virtud de haber operado la extinción de la acción penal por cumplimiento de las obligaciones y del plazo de suspensión condicional del proceso, todo de conformidad con lo previsto en los artículos 318 ordinal 3° en relación con los artículos 45 y 48 ordinal 7°, todos del código orgánico procesal penal. Remítase en su oportunidad al Archivo Judicial. Es Cúmplase.
El Juez Primero de Control.

Abg. Luis Mariano Marsella.
La Secretaria Judicial.
Abg. Maria Magdalena Acosta.