Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Acuerda: Librar Boleta de Libertad Plena y los Oficios correspondientes a favor del ciudadano Víctor José Suniaga Guilarte, venezolano, natural de Río Caribe, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 20.561.507, de estado civil soltero, de profesión u oficio agricultor, hijo de Juan Guilarte y Dominga Suniaga, y residenciado en el Sector Río Seco, Calle Las Palmas, Casa S/N, cerca de la Gallera de Moisés, Yaguaraparo, Municipio Cajigal del Estado Sucre, quien fue Condenado a cumplir la pena de Dos (02) años y Ocho (08) meses de prisión, mas las accesorias de Ley, por la comisión del delito de Actos Lascivos Agravados, previsto y sancionado en el artículo 376 en su único aparte, último supuesto, en relación con el artículo 374 or.....