Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la solicitud de extinción de las Medidas, presentada por el ciudadano MAGO RICARDO LUIS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°: 10.461.939, domiciliado en la Urbanización Bermúdez, Bloque Nº 05, Apto B-03, Cumaná, estado Sucre, asistido por el Abogado JOSE COVA FLORES, inscrito en el I.P.S.A., bajo el N°: 59.242, en el cual solicita de este Despacho, se extingue la OBLIGACION DE MANUTENCIÓN y demás beneficios, establecidos en el expediente TP1-Nº3238-01 del extinto Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, a favor de su hijos Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, señalando que son mayores de edad y no están estudiando. En consecuencia se .....