DISPOSITIVA:
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, en contra de los ciudadanos JESÚS RAFAEL SUCRE SUCRE, Venezolano, natural de Carúpano Estado Sucre, titular de la Cedula de Identidad Número V- 25.835.790, de 19 años de edad, nacido en fecha 30/07/1997, soltero, obrero, hijo de Jenny Coromoto Sucre y Nely José Lezama, residenciado en Santa Eduvigis, calle San Francisco, casa N° 26, cerca de la casa Comunal, Carúpano Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por considerarlo presuntamente incurso en la comisión del delito deHURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 numerales 3 y 4 del Código Penal, en perjuicio de VÍCTOR RIVERA. Y al imputado CARLOS RAÚL MOYA MOYA, CARLOS RAÚL MOYA MOYA, Venezolano, natural de Carúpan.....