que este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con las atribuciones conferidas en los artículos 646, 647 literal "e" de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes concatenado con el artículo 8 ejusdem, relacionado con el interés superior del adolescente se declara CON LUGAR el pedimento de la defensa y SUSTITUYE, al adolescente xxxxxxxxxxxxxxxx; a quien se le inicio investigación por la presunta comisión del delito ASALTO A TRANSPORTE PUBLICO, previsto en el articulo 357, 2do aparte del Código Penal, cometido en perjuicio de las ciudadanas Sofía y Esther, la sanción de privación de libertad por las medidas de libertad asistida y reglas de conducta contenidas en los artículo 626 y 624 de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, consistentes en recibir orientac.....