En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Sexto de Control Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta: el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA PARA EL IMPUTADO ADRIAN MÁRQUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 13.772.164, por uno de los delitos contemplados en la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, como lo es el delito de VIOLENCIA PSICOLÓGICA previsto y sancionado en el artículo 39 de la referida ley, en perjuicio de la Ciudadana: TANIA JOSEFINA BRITO LISTA, titular de la cédula de identidad Nº 17.910.666, en virtud de que "... a pesar de la falta de certeza, no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, y no haya bases para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del imputado" Todo esto de acuerdo a lo establecido en los Ordinal 4° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.